¡Trámites en España! Nuevo anuncio de la Residencia por Arraigo Laboral

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photo_camera Contrato de trabajo

La Defensoría del Pueblo de España ha anunciado una medida que busca agilizar el proceso de obtención de autorización de residencia por circunstancias excepcionales de arraigo laboral para aquellas personas que hayan desistido del procedimiento de protección internacional ante el Ministerio del Interior. 

Esta iniciativa tiene como objetivo ofrecer una vía alternativa para aquellas personas que han desistido de su solicitud de asilo, sin que la falta de resolución sea motivo de inadmisión o denegación.

La asesora Dayana Camacho ha proporcionado más detalles sobre este proceso. Para ser elegibles, los solicitantes deben haber permanecido en España por un mínimo de dos años y haber cotizado durante al menos seis meses a 30 horas semanales. Además, deben tener recursos de denegación de asilo y presentar un justificante de haber desistido del procedimiento de protección internacional. No obstante, los solicitantes deberán darse de baja en la seguridad social.

Esta medida tiene como objetivo facilitar la obtención de una autorización de residencia por arraigo laboral, que permite trabajar en España. Para ser elegibles, los extranjeros deben demostrar una permanencia continua en el país durante al menos dos años previos a la presentación de la solicitud. Además, deben carecer de antecedentes penales en España y en su país de origen, así como en cualquier país en el que hayan residido en los últimos cinco años. Además, deben demostrar relaciones laborales con una duración mínima de seis meses.

La Defensoría del Pueblo enfatiza que la acreditación de la relación laboral debe ser efectiva y puede realizarse a través de diversos medios de prueba válidos en derecho. En el caso de relaciones laborales regulares, las Oficinas de Extranjería verificarán automáticamente los datos pertinentes en los archivos de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Esta iniciativa, busca proporcionar una alternativa viable para aquellos que han decidido desistir del procedimiento de protección internacional y brindarles la oportunidad de obtener una autorización de residencia por arraigo laboral, permitiendo que continúen sus vidas en España de manera legal y con la posibilidad de contribuir activamente a la sociedad.

Para una asesoría más amplia: +34 660 27 07 54 o

defensordelpueblo.es

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