El fallo federal frena restricciones laborales para migrantes en Estados Unidos

Un juez mantiene los permisos laborales para miles de migrantes bajo protección

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Un juez federal de Boston suspendió el 21 de julio la pérdida inminente de permisos de trabajo que afectaba a solicitantes de asilo y beneficiarios del Estatus de Protección Temporal, incluidos migrantes de El Salvador, Sudán y Ucrania. La orden de emergencia permanecerá vigente mientras el tribunal estudia una suspensión más prolongada, sobre la que prevé pronunciarse antes del 5 de agosto.

Una protección judicial de emergencia

El juez federal Nathaniel Gorton, del Tribunal de Distrito de Estados Unidos en Boston, impidió temporalmente que la Administración retirara la autorización laboral a decenas de miles de migrantes. La resolución se emitió el martes 21 de julio, ante el riesgo de que numerosos permisos dejaran de considerarse válidos desde el miércoles 22.

La orden tiene carácter provisional: mantiene la situación laboral de los afectados mientras el juez analiza la petición de una medida cautelar de mayor duración. Gorton indicó que espera resolver esa solicitud antes del 5 de agosto. El tribunal no ha decidido todavía el fondo del litigio, es decir, si las políticas impugnadas vulneran de manera definitiva la legislación federal.

Asilo y protección temporal, dos figuras diferentes

La demanda comprende a solicitantes de asilo y a personas amparadas por el Estatus de Protección Temporal, o TPS por sus siglas en inglés. El asilo está dirigido a quienes alegan persecución o un temor fundado por motivos reconocidos legalmente; su concesión exige un examen individual. Mientras el procedimiento está pendiente, algunos solicitantes pueden pedir un Documento de Autorización de Empleo.

El TPS, en cambio, es una protección colectiva y temporal concedida a nacionales de países donde un conflicto armado, una catástrofe u otras circunstancias extraordinarias impiden un retorno seguro. No equivale por sí mismo a la residencia permanente, pero suspende la expulsión y permite trabajar legalmente durante la vigencia de la designación. El Servicio de Ciudadanía e Inmigración —USCIS— administra tanto el registro como las autorizaciones asociadas.

El impacto sobre salvadoreños, sudaneses y ucranianos

El conflicto inmediato se concentraba en beneficiarios de El Salvador, Sudán y Ucrania. La anterior Administración había extendido en enero de 2025 las designaciones de esos tres países. Según la información oficial de USCIS, la protección salvadoreña se prolongaba hasta el 9 de septiembre de 2026, mientras que documentos laborales vinculados a Sudán y Ucrania podían mantener vigencia hasta el 19 de octubre.

Los demandantes sostienen que cambios posteriores redujeron retroactivamente la duración efectiva de ciertas autorizaciones y expusieron a miles de personas a perder su trabajo de un día para otro. Además del salario, un permiso laboral puede determinar el acceso a seguro médico, vivienda o prestaciones familiares. Para los empleadores, una modificación abrupta también genera incertidumbre sobre la verificación obligatoria del derecho a trabajar.

Las cuatro políticas impugnadas

La demanda fue presentada por la Asociación Venezolana de Massachusetts, la Alianza Nacional del TPS, Asylum Seeker Advocacy Project y organizaciones sindicales como SEIU y 32BJ SEIU. Según el resumen público de Democracy Forward, el litigio cuestiona cuatro políticas relacionadas con solicitudes de asilo, tasas administrativas, tiempos de tramitación y permisos vinculados al TPS.

Una de las controversias deriva de una nueva tasa anual de 100 dólares para determinados expedientes de asilo, introducida mediante la legislación fiscal y presupuestaria de julio de 2025. Los demandantes afirman que USCIS pretendía rechazar solicitudes pendientes y cancelar permisos por falta de pago sin ofrecer aviso suficiente, un periodo de subsanación o una vía clara para discutir un error. También impugnan la eliminación de una regla de 30 días para procesar las solicitudes iniciales de autorización laboral.

El argumento de procedimiento administrativo

Las organizaciones alegan que varios cambios se aprobaron sin cumplir la Ley de Procedimiento Administrativo. Esa norma regula cómo las agencias federales crean o modifican políticas y, en determinados casos, exige publicar una propuesta, permitir observaciones y explicar la decisión final. Los demandantes consideran que la Administración alteró derechos y plazos con efectos retroactivos sin completar esas garantías.

La orden de Gorton no impide por ahora que el Gobierno cobre las tasas establecidas por ley. Sí bloquea que los afectados pierdan sus permisos o reciban sanciones relacionadas con el impago mientras el tribunal decide si debe mantener la protección. Esta separación es importante: el juez no suspendió toda la política migratoria ni declaró inválida la legislación presupuestaria.

Consecuencias para trabajadores y empleadores

Las entidades demandantes representan a trabajadores presentes en hospitales, aeropuertos, limpieza, construcción, ingeniería y otros sectores. Su argumento central es que la retirada repentina de autorizaciones causaría un perjuicio difícil de reparar tanto a las familias como a los centros de trabajo, especialmente cuando los beneficiarios habían recibido documentos o notificaciones con fechas de vencimiento posteriores.

Para los migrantes, la orden evita de momento la disyuntiva entre dejar de trabajar o exponerse a consecuencias migratorias por continuar haciéndolo. Para las empresas, conserva temporalmente la validez de documentos utilizados en la comprobación laboral. La resolución también reduce el riesgo inmediato de que una irregularidad administrativa derive en la cancelación de un expediente de asilo aún no resuelto.

Lo que ocurrirá antes del 5 de agosto

USCIS no había formulado una respuesta pública inmediata a Reuters tras la resolución. La Administración podrá defender que los cambios derivan de la legislación vigente o de su autoridad para gestionar los programas migratorios. Los demandantes, por su parte, deberán demostrar que existe una probabilidad suficiente de éxito y que la ausencia de una cautelar produciría daños irreparables.

El próximo hito será la decisión sobre una suspensión de mayor duración. Hasta entonces, la orden preserva las autorizaciones laborales comprendidas por el litigio, pero no concede asilo, residencia permanente ni una extensión general del TPS. Su alcance es procesal y temporal, aunque sus efectos cotidianos resultan inmediatos para quienes dependían de esos documentos para conservar el empleo.