Los delitos examinados ocurrieron mucho antes. Entre los episodios individualizados figuran el asesinato del dirigente conservador Álvaro Gómez Hurtado en Bogotá, en 1995; la toma de Mitú, capital de Vaupés, en 1998; y el atentado contra el Club El Nogal, también en Bogotá, en 2003. La decisión no constituye una sentencia definitiva sobre los 27 comparecientes: determina hechos, patrones y responsabilidades que ahora deberán reconocer o controvertir.
Qué investiga el macrocaso 10
El caso 10 fue abierto el 15 de julio de 2022 para investigar crímenes de las antiguas Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia que no quedaron comprendidos en otros macroprocesos, como los dedicados al secuestro o al reclutamiento de menores. La explicación institucional de la JEP incluye homicidios de personas protegidas, masacres, desapariciones, desplazamiento, minas antipersonal, atentados y métodos de guerra prohibidos.
La investigación recibió 306 informes de la Fiscalía y de organizaciones civiles. La página oficial señala que, hasta mayo de 2026, habían comparecido 123 antiguos integrantes de las FARC y otros 24 firmantes del acuerdo habían aportado información voluntariamente. La Sala de Reconocimiento también escuchó a víctimas que cuestionaron, complementaron o contradijeron las versiones de los excombatientes.
Esta primera imputación se realizó conjuntamente con el macrocaso 11, especializado en violencia basada en género, sexual y reproductiva. La conexión permite analizar la violencia sexual no como una sucesión de actos aislados, sino como parte de prácticas empleadas para controlar territorios, castigar a determinadas personas y forzar desplazamientos.
Veintisiete responsables de dos grandes estructuras
Cuatro imputados pertenecieron al último Secretariado de la guerrilla: Rodrigo Londoño, Julián Gallo, Jaime Alberto Parra y Milton de Jesús Toncel. Los otros 23 ejercieron mando y control sobre unidades de los bloques Oriental y Sur, dos estructuras fundamentales dentro de la estrategia militar de las FARC.
El Bloque Oriental operó en departamentos como Arauca, Casanare, Cundinamarca, Meta, Guaviare, Vichada, Vaupés y Guainía. El Bloque Sur tuvo presencia en Caquetá, Putumayo, Nariño, Cauca, Huila y Amazonas. Boyacá también aparece entre los territorios afectados. La cobertura de 15 departamentos muestra que la decisión no se limita a tres casos conocidos nacionalmente.
La Sala atribuye responsabilidad a quienes habrían ordenado, facilitado, conocido o permitido los patrones criminales desde posiciones de mando. Esa forma de imputación no significa que las 27 personas hayan ejecutado materialmente cada delito. El tribunal deberá individualizar qué capacidad de control tenía cada comandante, qué información recibió y qué medidas podía haber adoptado.
Tres patrones para ordenar miles de hechos
La JEP organiza el universo investigado en tres grandes patrones. El primero comprende asesinatos selectivos, desapariciones, masacres, desplazamientos y violencia sexual utilizados para ejercer control social y territorial. Las víctimas eran frecuentemente señaladas como colaboradoras del Estado, adversarias políticas, forasteras o personas que desobedecían las órdenes de la guerrilla.
El segundo patrón reúne infracciones cometidas durante las hostilidades: ataques indiscriminados, utilización de explosivos artesanales, minas antipersonal y agresiones contra personas o bienes protegidos por el derecho internacional humanitario. La toma de poblaciones y la destrucción de infraestructura civil forman parte de ese análisis.
El tercero corresponde a los crímenes urbanos. Incluye homicidios selectivos y atentados con explosivos en ciudades, entre ellos el ataque contra El Nogal. La clasificación permite relacionar episodios separados geográficamente e identificar si respondieron a órdenes, prácticas toleradas o planes comunes de las estructuras.
La página del caso calcula un universo provisional de 169.400 hechos victimizantes, entre ellos decenas de miles de desplazamientos, homicidios y afectaciones causadas por métodos de guerra ilícitos. Es una estimación analítica en revisión, no un recuento definitivo de víctimas individuales: una misma persona puede aparecer asociada con más de una conducta.
El legado de impunidad ordinaria
La presidenta de la Sala de Reconocimiento, Catalina Díaz Gómez, explicó que la justicia transicional recibió cerca de 10.000 expedientes de la Fiscalía. Según las cifras comunicadas el martes, el 97% no contenía condena y más del 90% no había superado la etapa preliminar. La imposibilidad de entrar en territorios controlados por grupos armados, el miedo a denunciar y la fragmentación de las investigaciones contribuyeron a ese resultado.
Solo cinco de los 27 comparecientes habían estado en prisión por los crímenes ahora agrupados, de acuerdo con la información difundida por la JEP y reproducida por El País. La jurisdicción sostiene que la sistematización de testimonios y expedientes ofrece por primera vez una reconstrucción conjunta del funcionamiento de los bloques Sur y Oriental.
La imputación eleva a 109 el número de antiguos integrantes de las FARC identificados por la JEP como máximos responsables en sus distintos macrocasos. La cifra no equivale al total de excombatientes investigados ni al de personas sancionadas; se refiere a quienes el tribunal ha situado en los niveles más altos de responsabilidad.
Reconocimiento, sanciones o juicio adversarial
Los imputados disponen de 30 días para responder. Si reconocen los hechos y su responsabilidad, deberán hacerlo posteriormente en una audiencia pública ante las víctimas y podrán recibir sanciones propias de carácter restaurativo. Estas combinan restricciones efectivas de derechos con trabajos destinados a reparar daños, como desminado, recuperación ambiental, construcción de memoria o mejora de infraestructuras comunitarias.
Las sanciones restaurativas no son equivalentes a una absolución, pero tampoco consisten en prisión ordinaria cuando existe reconocimiento temprano y completo. Su legitimidad depende de que el tribunal verifique la verdad aportada, la participación efectiva de las víctimas y el cumplimiento material de los proyectos.
Quienes rechacen la imputación podrán ser acusados por la Unidad de Investigación y Acusación, que cumple una función semejante a la de una fiscalía dentro de la JEP. Si un juicio adversarial concluye que son responsables, podrían recibir condenas de hasta 20 años de cárcel. Ese procedimiento mantiene la presunción de inocencia y obliga a demostrar individualmente los cargos.
Una decisión ante el cambio de Gobierno
La resolución llegó tres días antes de la toma de posesión del presidente electo Abelardo de la Espriella, crítico de la justicia transicional. El presidente de la JEP, Alejandro Ramelli, respondió que ninguna institución colombiana había investigado tanto a las FARC y presentó el auto como evidencia del avance de esos procesos.
El nuevo Ejecutivo no puede anular unilateralmente las decisiones judiciales. Cualquier transformación profunda de la JEP afrontaría límites constitucionales, compromisos derivados del Acuerdo de Paz y obligaciones internacionales de investigar delitos graves. Sí podrá influir mediante el presupuesto, la cooperación administrativa y su relación política con el sistema.
La prueba inmediata será la respuesta de los 27 comparecientes. Para las víctimas, la relevancia no radica únicamente en enumerar crímenes conocidos, sino en obtener explicaciones sobre las cadenas de mando, identificar a quienes siguen desaparecidos y conseguir reparaciones verificables. La imputación abre esa fase, pero todavía no la concluye.