Trámites para España: Notificación de Fallecimiento en Caso de Razones Humanitarias

Velorio
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La oficina de Emigral Legal en España, ha recibido una importante consulta que concierne a la notificación del fallecimiento de un beneficiario de Razones Humanitarias. 

El equipo de Emigrar Legal, brindó orientación para abordar esta situación. La consulta se planteó de la siguiente manera: “Mi madre tenía otorgadas las Razones Humanitarias y falleció, ¿debo notificarlo?”

En respuesta a esta pregunta, Emigrar Legal destaca que, con el acta de defunción en mano, es esencial que los familiares del fallecido se dirijan a la oficina de Emigración y Frontera donde se tomaron las huellas de la persona fallecida. Allí, deben notificar el fallecimiento y entregar la tarjeta del NIE (Número de Identificación de Extranjero) correspondiente a la persona fallecida.

Posteriormente, se aconseja visitar el consulado del país de la persona fallecida o, alternativamente, enviar la notificación por correo postal al consulado. Este proceso es fundamental para que el NIE deje de estar activo, evitando así la posibilidad de solicitudes fraudulentas de ayudas o subvenciones en nombre de la persona fallecida.

Emigrar Legal señaló:

Es importante destacar que este procedimiento es análogo a la obtención del DNI (Documento Nacional de Identidad) y su devolución cuando corresponde.

Emigral Legal en España insta a todas las personas en esta situación a tomar medidas prontas y adecuadas para notificar el fallecimiento a las autoridades pertinentes. Además, se recuerda que también es esencial dar de baja a la persona fallecida en el ayuntamiento correspondiente.

Para obtener más información y asesoramiento sobre cuestiones relacionadas con inmigración y asuntos legales, Emigral Legal en España, está a disposición de la comunidad para brindar orientación experta.

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